Errores comunes en relación con el Modelo 390
El Modelo 390 es una declaración informativa que deben presentar aquellos sujetos pasivos del IVA que realizan operaciones con terceros y que superan ciertos límites establecidos por la Agencia Tributaria. Sin embargo, existen ciertos casos en los que no es necesario presentar esta declaración. A continuación, se presentan algunos de los errores más comunes que la gente suele cometer en relación con el Modelo 390:
- No conocer las excepciones que existen para la presentación del Modelo 390.
- No comprobar si se cumplen los requisitos para estar exonerado de su presentación.
- No estar al tanto de las novedades y cambios que se producen en la normativa.
- No contar con un asesor fiscal que pueda orientar en la presentación de las declaraciones fiscales.
Quienes están exentos de presentar el Modelo 390
El Modelo 390 se presenta de forma anual y en él se informa de las operaciones realizadas con terceros durante el año natural anterior. Sin embargo, existen ciertos casos en los que no es necesario presentar esta declaración. Entre ellos se encuentran:
Pequeños empresarios y profesionales
Aquellos empresarios y profesionales que no superen los límites establecidos por la Agencia Tributaria están exentos de presentar el Modelo 390. En el caso de los empresarios, el límite es de 1 millón de euros en el conjunto de todas sus actividades empresariales y en el caso de los profesionales, el límite es de 125.000 euros.
Empresas y profesionales que no hayan realizado operaciones con terceros
Aquellos sujetos pasivos del IVA que no hayan realizado operaciones con terceros durante el año natural anterior están exentos de presentar el Modelo 390. No obstante, es importante tener en cuenta que se considera operación con terceros cualquier operación que haya sido objeto de factura o documento sustitutivo.
Ejemplos de quienes están exentos de presentar el Modelo 390
A continuación, se presentan dos ejemplos de situaciones en las que estaría exento de presentar el Modelo 390:
- Un pequeño comerciante que factura menos de 1 millón de euros anuales y que no ha realizado operaciones con terceros durante el año natural anterior.
- Un autónomo que ha facturado más de 125.000 euros durante el año natural anterior, pero que ha realizado todas sus operaciones con particulares, por lo que no ha emitido ninguna factura.
En resumen, es importante estar al tanto de las excepciones que existen para la presentación del Modelo 390 y comprobar si se cumplen los requisitos para estar exonerado de su presentación. En caso de duda, es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional en la materia.
No Comment! Be the first one.