El Modelo 130 es una declaración trimestral que deben presentar los autónomos que tributan en estimación directa. Esta declaración permite ajustar el pago fraccionado del IRPF en función de los ingresos y gastos que se hayan obtenido en el trimestre correspondiente. Sin embargo, muchas personas tienen dudas sobre quiénes están obligados a presentar el Modelo 130. En este artículo, resolveremos todas tus dudas sobre este tema.
¿Quiénes están obligados a presentar el Modelo 130?
Están obligados a presentar el Modelo 130 los autónomos que tributan en estimación directa, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
- Tengan obligación de retener o ingresar a cuenta durante el trimestre correspondiente.
- No estén acogidos al régimen simplificado de IVA.
- No hayan renunciado al régimen de estimación directa simplificada.
Es importante tener en cuenta que la presentación del Modelo 130 es trimestral, por lo que deberás presentar esta declaración cuatro veces al año (en los meses de abril, julio, octubre y enero).
Errores comunes en relación con el Modelo 130
No presentar la declaración
Uno de los errores más comunes es no presentar la declaración del Modelo 130. Si eres autónomo y tributas en estimación directa, debes presentar esta declaración en los plazos establecidos. De lo contrario, podrías enfrentarte a sanciones económicas.
Presentar la declaración fuera de plazo
Otro error común es presentar la declaración fuera de plazo. Recuerda que la presentación del Modelo 130 es trimestral, por lo que debes estar atento a los plazos para evitar sanciones económicas.
Ejemplos de quiénes deben presentar el Modelo 130
Ejemplo 1
María es autónoma y tributa en estimación directa. Durante el primer trimestre del año ha obtenido ingresos por valor de 8.000 euros y ha tenido gastos por valor de 3.000 euros. Como no está acogida al régimen simplificado de IVA y tiene obligación de retener o ingresar a cuenta, está obligada a presentar el Modelo 130 correspondiente al primer trimestre.
Ejemplo 2
Pablo es autónomo y tributa en estimación directa. Durante el segundo trimestre del año ha obtenido ingresos por valor de 4.000 euros y ha tenido gastos por valor de 2.500 euros. Como no está acogido al régimen simplificado de IVA y tiene obligación de retener o ingresar a cuenta, está obligado a presentar el Modelo 130 correspondiente al segundo trimestre.
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