Errores comunes
El Modelo 347 es una declaración informativa que tienen que presentar todos aquellos que hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año anterior. A pesar de que es una obligación que han de cumplir muchos autónomos y empresas, son muchos también los errores que se suelen cometer al presentar el Modelo 347. A continuación, enumeramos algunos de los más comunes:
No incluir todas las operaciones
Uno de los errores más habituales es no incluir todas las operaciones realizadas con terceros. Es importante recordar que se deben declarar todas aquellas operaciones que hayan superado los 3.005,06 euros durante el año anterior, independientemente de que se hayan cobrado o no.
No incluir a todos los proveedores o clientes
Otro error frecuente es no incluir todas las personas o entidades con las que se han realizado operaciones. Es necesario declarar todas aquellas operaciones que hayan superado el importe indicado, aunque se hayan realizado con proveedores o clientes habituales.
No presentar el Modelo 347 a tiempo
Es importante presentar el Modelo 347 dentro del plazo establecido, que suele ser el mes de febrero. Si se presenta fuera de plazo, se pueden recibir sanciones económicas.
No cumplir con la información requerida
El Modelo 347 requiere de cierta información sobre las operaciones realizadas, como el importe, el tipo de operación o el NIF del proveedor o cliente. Es importante asegurarse de que se proporciona toda la información necesaria para evitar problemas con la Agencia Tributaria.
Ejemplos
Ejemplo 1
Imaginemos que una empresa ha realizado compras a un proveedor por un importe total de 4.000 euros durante el año anterior. En este caso, la empresa estaría obligada a presentar el Modelo 347, incluyendo a este proveedor y el importe total de las compras realizadas.
Ejemplo 2
Por otro lado, si un autónomo ha realizado varios trabajos para un cliente durante el año anterior y el importe total de estos trabajos ha sido de 2.500 euros, no estaría obligado a presentar el Modelo 347, ya que no se ha superado el importe mínimo establecido.
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